El extraño _kink_ de la automutilación.
Por Wilson Villalba
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados 1, durante el año 2010, mediante una resolución que parece ser de cualquier forma contraria a las normas constitucionales, limitó fuertemente la cantidad de denuncias que podía ser presentada ante ella.
Aunque el quid de la democracia es la participación ciudadana, en declive desde el inicio de las democracias, esta reglamentación impía más bien trataba de alejar la posibilidad de que alguna persona presentara una denuncia antes que alentar a que lo hiciera. No quiero decir con ello que es deseable que se presenten denuncias contra de los jueces, en realidad ello a menudo va en desmedro de la calidad de los mismos, que tienen que emplear mucho tiempo que podían emplear trabajando, defendiéndose.2
El JEM nunca dejó a ningún particular ser el acusador. La institución simplemente rechazaba la denuncia y si aun así veía que la causa presentada tenia cierta entidad, la proseguía de oficio. Lo cual si bien se asemeja a ciertas disonancias cognitivas, pues se ajusta enteramente a lo que uno querría que fuera un fiscal: no la persona que esta directamente perjudicada por el acto sino alguien más bien imparcial y que actúa con el bien social como fondo de su pretensión y voluntad. Es muy probable que una persona que sufriera una injusticia y recurriera al JEM tuviera el entendimiento nublado y que quizás obrara por sentimientos que no son acordes a los que persigue la justicia.
Para ello existía la compuerta de la admisibilidad de la denuncia. Ella se asemejaba un poco a la manera en que la Corte Suprema de Justicia trata los casos de inconstitucionalidad. Muchos son rechazados y eliminados al no cumplir con los requisitos materiales mínimos de una demanda de esta clase; es inútil llevar adelante una pretensión que se sabe no tiene la cualidad primigenia para elaborar una sentencia.
Vuelvo al JEM. Esa cantidad de trabas que le puso al ciudadano para hacer una denuncia realmente surtió efecto. Tales embargos no solamente son legales: no solamente es la insistencia que parte del hartazgo y termina en terrorismo, sobre las consecuencias de formular una denuncia falsa3. Esas trabas también eran de orden material4. Había que juntar documentación que nada tenía que ver con la denuncia y que deberían estar ahí. Y había que hacerlo por los medios tradicionales, es decir, papel, escribano, tal como en el siglo XIX.
Fue así como la institución recibió menos denuncias cada año. Existe un informe elaborado por su misma oficina de estadísticas que da cuenta de ello. Señala que durante el año 2023 se dictaron 17 sentencias definitivas y esa cantidad es la mitad de la cantidad del año anterior.
Se puede decir, como lo diría la octavilla de la calle Market, que la ciudadanía ha perdido con todo esto. Yo soy un tanto liberal así que mi respuesta es no: nadie pierde por tener menos estado.
¿Ganó el Juez que ahora puede contar con no ser molestado? En parte sí, pero en parte no. El JEM estaba creando autoridad así que el respaldo del mismo a su labor podía ser crucial.
La respuesta es fácil: perdió el JEM, que se auto-mutiló. 5
Si el JEM hubiera pretendido asentar su poder, debía haber alentado la presentación de denuncias, mismo que luego las rechazara todas. Es eso lo que debía ser: un ojo. Además –esto es mera imaginación mía– estoy casi seguro de que la inmensa mayoría de acusaciones carecían de todo sustento fáctico o legal.
Lateralmente hubiera sido una interesante fuente de jurisprudencia importante e inesperada por su origen en órgano extra-poder.
No hace mucho —quien lee esto esta leyendo la primera versión de este documento— la CSJ —muy a lo Madison vs. Marbury— decidió que no podía tener injerencia sobre lo decido por otro poder del estado pero sí sobre el procedimiento impuesto a esa decisión. A ver, como te quedó eso ojo. Como se nota, esta es la manera en que el poder se ejerce.
Yo trabajo para barra con barra tras el Poder Judicial. Así que adquiera poder, me beneficia al final. El JEM acaba de dejar un espacio vacío y la CSJ tiene facultades disciplinarias suficientes.
Así que no hace falta conclusión alguna.
No quiero entrar en la vana discusión de que hay jueces buenos o jueces malos: la constante de un hombre es la variable de otro. ↩︎
Noticia de último momento: Uno pudiera ser hallado responsable de los delitos que comete. ↩︎
Imposible no pensar en pretérito imperfecto. ↩︎
En algún momento me tocó defender a uno o dos jueces ante él. En esos casos noté qu el proceso era bastantes regular, cuando que esperaba hallar algo diferente. I.e.: los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial tienen procesos bastante regulares. Los Tribunales de Cuentas, no. ↩︎