Recusaciones
2024-02-12 (updated: 2024-02-12 )
COUTURE distingue las causas que provocan una incapacidad absoluta del juez
(.”Iudex inhabilis”) para intervenir en los asuntos de su competencia de las
que sólo provocan una sospecha o temor de parcialidad
(<<iudex suspectus>>).>>\footcite[][88]{casco}
\end{quote}
Al respecto, dice el citado autor:\guion{}
\begin{quote}
<<La idoneidad de los órganos supone la idoneidad de los agentes que
desempeñan los cometidos del órgano. Esa idoneidad exige, ante todo, la
imparcialidad. El juez designado \textit{ex post facto}, el \textit
{judex inhabilis }y el \textit{judex suspectus }no son jueces
idóneos. \guion{}
Una garantía mínima de la jurisdicción consiste en poder alejar, mediante
recusación, al juez inidóneo. Los ciudadanos no tienen un derecho
adquirido a la sabiduría del juez; pero tienen un derecho adquirido
ala independencia, a la autoridad y a la responsabilidad del
juez.>>\footcite[][41]{couture}
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